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legislación clave

Legislación Nacional que Afecta a Víctimas y Sobrevivientes de Violencia

 

La Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA)

En 1994, el Congreso aprobó el Título IV de la Ley de Control de Delitos Violentos y Cumplimiento de la Ley de 1994, mejor conocida como Ley de Violencia contra la Mujer o VAWA. VAWA se aprobó no solo para detener la ola de violencia cada vez mayor contra las mujeres, sino también para alentar el cambio social. VAWA creó nuevos programas para ayudar a las fuerzas del orden público a combatir la violencia contra las mujeres, otorgó subvenciones con el mismo fin, reforzó las penas y prohibió las actividades delictivas que no habían sido reconocidas legalmente con anterioridad. Ha sido reautorizado tres veces. Sus reautorizaciones ampliaron VAWA para combatir el tráfico sexual, otorgaron jurisdicción a algunos tribunales tribales sobre perpetradores no nativos que cometieron actos de violencia contra mujeres en tierras tribales, autorizaron dinero para abordar el retraso en el procesamiento de casos de violación, establecieron un requisito de no discriminación para los programas que reciben dinero de subvenciones de VAWA , y creó una ley de 'escudo de violación'. ¡Desde la implementación de VAWA, la violencia de pareja íntima contra las mujeres disminuyó un 72%!
 

Para una hoja informativa rápida,haga clic aquí

Para una descripción más extensa,haga clic aquí.

La Ley de Servicios y Prevención de la Violencia Familiar (FVPSA)

La Ley de Servicios y Prevención de la Violencia Familiar (FVPSA) es la principal fuente de financiación federal para los proveedores de servicios directos de violencia doméstica. Fue creado por el Congreso como parte de las Enmiendas de Abuso Infantil de 1984 y se vuelve a autorizar cada cinco años. La Oficina de Servicios para la Familia y la Juventud (parte de la Administración para Niños y Familias) supervisa la FVPSA y administra las subvenciones a los estados/territorios, tribus, coaliciones estatales contra la violencia doméstica y centros de recursos. el 70% de la financiación va a los estados/territorios; los estados/territorios luego asignan el dinero que reciben a los proveedores de servicios, incluidos refugios y programas no residenciales. Los programas financiados por FVPSA brindan servicios directos a más de 1.3 millones de víctimas anualmente, responden a 2.7 millones de llamadas de crisis y educan a casi 5 millones de adultos y jóvenes.
 

Para un breve resumen de FVPSA,haga clic aquí.

Para un análisis más extenso,haga clic aquí.
haga clic aquípara el sitio web de FVPSA.

La Ley de Víctimas del Crimen (VOCA)

En 1984, el Congreso aprobó y el presidente Reagan promulgó la Ley de Víctimas del Delito (VOCA). VOCA estableció el Fondo para Víctimas del Crimen para ayudar y compensar a las víctimas/sobrevivientes del crimen. El fondo está compuesto por multas penales federales, bonos confiscados, confiscación de ganancias de actividades delictivas, evaluaciones especiales adicionales y donaciones de particulares. La Oficina para las Víctimas del Delito supervisa el fondo y distribuye el dinero en forma de subvenciones fórmula a los estados y territorios. Luego, los estados usan este dinero para a) financiar servicios para víctimas, incluidos refugios para víctimas de violencia doméstica, otros proveedores de servicios directos para víctimas de violencia doméstica y b) para compensar a las víctimas por pérdidas relacionadas con el delito, incluidos costos médicos y de asesoramiento y salarios perdidos.

Para obtener más información sobre VOCA,haga clic aquí. 

Para comunicarse con sus legisladores, comuníquese con ellos a continuación:

Crapo, Mike - (LIBRAR)

239 Edificio de oficinas del Senado Dirksen
Washington DC 20510

(202) 224-6142

haga clic aquíenviar un correo electrónico.
 

Risch, James E. - (LIBRAR)

483 Edificio de oficinas del Senado de Russell
Washington DC 20510

(202) 224-2752
haga clic aquíenviar un correo electrónico.

Simpson, Mike, (LIBRAR)

2084 Edificio de oficinas de la casa Rayburn,

Washington, DC 20515

202-225-5531

haga clic aquíenviar un correo electrónico.

que digo en una carta
o un correo electronico?
  1. Presentarte. El lector debe saber su nombre, de dónde es y, si llama en nombre de una organización en particular, el nombre de la organización.
     

  2. Dígale a su legislador lo que quiere, ¡sea específico! Incluya el número de factura, el nombre de la factura (si corresponde), un resumen de una o dos oraciones, algunas estadísticas por si acaso y discuta por qué la factura es importante para usted.
     

  3. ¡Hazlo personal! ¿Tiene alguna historia sobre el tema en cuestión, o conoce a personas que las tengan? ¡Comparte esas historias!
     

  4. ¡Ser breve! Comparta una historia, pero asegúrese de ser conciso. El lector tendrá un tiempo limitado.
     

  5. Agradezca a su legislador por su tiempo.
     

  6. Si está escribiendo una carta tradicional (no por correo electrónico), envíela o envíela por fax a la oficina de DC.

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